Obligaciones de vacunación | Niños

Desde enero de 2018, las obligaciones de vacunación han evolucionado, pasando de 3 vacunas obligatorias a 11 para todos los niños nacidos en 2018. Junto a este cambio en la obligación de vacunación, siguió en junio de 2018 la obligación de los cuidadores de asegurar la vacunación de los niños en acogimiento familiar. .
Obligaciones de vacunación
Todos los niños nacidos en 2018 deben recibir 11 vacunas. Son obligatorios.
Son vacunas contra: tos ferina, infecciones invasivas por Haemophilus influenzae tipo b, hepatitis B, infecciones neumocócicas, infecciones meningocócicas invasivas del serogrupo C, sarampión, paperas y rubéola además de tétanos, difteria y poliomielitis.
Calendario de vacunación.
La vacunación sigue un calendario específico. Debe conocerlo y consultarlo.
Los únicos casos que justifican una contraindicación son la alergia conocida a uno de los componentes. En caso de reacción grave tras una inyección previa. Inmunosupresión.
Responsabilidad de los cuidadores ante la obligación de vacunación
Desde junio de 2018, se ha pedido a los cuidadores que garanticen el cumplimiento de las obligaciones de vacunación de los niños a su cargo.
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Para ello, es necesario que aporte a su contrato una copia de la hoja de vacunas de la historia clínica del niño, o un certificado médico que acredite que el niño está al día con estas vacunas. Estas obligaciones pueden ser verificadas por PMI.
Si las vacunas de los niños recibidos no están al día, debe solicitar a los padres que tomen las medidas necesarias para cumplir con sus obligaciones.
¿Qué pasa si los padres no quieren vacunar a sus hijos?
En caso de que los padres se nieguen a vacunarse, hay varias opciones disponibles para usted
- Si hay un retraso en el calendario de vacunación, debe informar a los padres que luego tendrán 3 meses para regularizar la situación.
- Si tiene conocimiento de la denegación de la vacunación antes de la recepción, debe informar a los padres que también tiene obligaciones con respecto a la recepción. En efecto, si acepta recibir a un niño que no ha sido vacunado, y no ha informado a los padres de la obligación de vacunar a su hijo dentro de los 3 meses siguientes al inicio de la recepción. Puede revocar su licencia.
- Si los padres rechazan la vacunación, no se puede recibir al niño.
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- Debe informar a PMI, en caso de retraso o negativa a vacunar a un niño, PMI se comunicará con los padres para informarles y regularizar la situación.
¿Cómo proceder en caso de no regulación o denegación?
Si el problema se produce antes de contratar, en caso de negativa negarse a contratar, en caso de retraso y transcurrido el plazo de 3 meses, puede rescindir el contrato. Para ello, es necesario tomar medidas. Un acto es una falta que proviene de su empleador. Luego debe enviar una carta certificada al empleador principal que justifique la acción. Este acto rescinde automáticamente el contrato sin previo aviso. A continuación se incluye una mención obligatoria de prud'hommes.
También puede optar por no participar. Cuando renuncias, no puedes reclamar indemnizaciones a los centros de empleo. Luego tendrá que esperar 3 meses para solicitar una revisión de sus derechos.
Sus obligaciones de vacunación
Las obligaciones conciernen a los hijos recibidos, pero también a la cuidadora y su familia.
Usted también debe cumplir con las obligaciones de vacunación.
A partir de junio de 2019, BCG ya no es obligatorio. Para ti, te recomendamos DT Polio, tos ferina, hepatitis B, MMR, la vacuna contra la hepatitis A. Tus hijos también deben cumplir con las obligaciones de vacunación. PMI puede verificar sus vacunas.
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